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En una recientísima Resolución de 19 de Abril de 2.022, el TEAC de manera insólita viene a dar luz verde a los órganos de recaudación para que , en el caso de contribuyentes que cobren SMI con deudas con AEAT, se pongan manos a la obra y puedan embargar la totalidad del remanente que tengas en cuentas y activos financieros aunque éstos provengan de lo que has acumulado cobrando dicho salario inembargable.

Supongamos el caso de un pensionista que cobra por dejado del SMI y que viene arrastrando una deuda con la AEAT. Pues bien, en el caso de que este contribuyente se la haya ocurrido la osadía de tener pequeños ahorros de esa pensión por debajo del SMI, a partir de ahora y con la bendición del TEAC, dichos ahorros podrán embargarse por los órganos de recaudación.

Una llamada para ir al banco y vuelta a los pagos en efectivo…. No hay quien lo entienda